2.9. Información a las personas progenitoras, tutoras o guardadoras y al niño, niña o adolescente, salvo si no fuera pertinente, de las conclusiones de la Investigación - haurtzaroeskuliburua
Recepción, primera valoración e investigación de posibles situaciones de desprotección
2.9. Información a las personas progenitoras, tutoras o guardadoras y al niño, niña o adolescente, salvo si no fuera pertinente, de las conclusiones de la Investigación
Salvo en casos excepcionales en que pueda resultar desaconsejado, los Servicios Sociales –tanto SSM como AMF- informarán a las personas progenitoras, tutoras o guardadoras, y al NNA salvo si no fuera pertinente, de las conclusiones de la Investigación y la intervención prevista en el caso. Esta información se proporcionará de forma verbal y/o escrita según se considere más pertinente.