Visión general - haurtzaroeskuliburua
1. Visión general
El procedimiento de intervención en situaciones de desprotección incluye un proceso estructurado en fases diferenciadas y secuenciadas (recepción, investigación, evaluación inicial, diseño y ejecución del plan de intervención, reevaluación permanente, fin de la intervención), cada una de ellas con sus objetivos, metodología y plazos de tiempo. Tal diferenciación y secuenciación de fases no ha de entenderse de forma rígida, estática o más allá de lo que el juicio profesional aconseje, pues de hecho y de forma inevitable en la realidad se entremezclan y simultanean. El sentido de las fases es ordenar el proceso de intervención, señalando cuál ha de ser la actuación predominante o prioritaria -que no exclusiva- en cada momento de dicho proceso, las preguntas a las que es preciso responder, y los plazos de tiempo recomendables:
| Fase/tarea | Preguntas a responder | A quién corresponde (SSM/AMF) y plazos de tiempo recomendables |
|---|---|---|
| Recepción y primera valoración |
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Inmediato, tanto en SSM como en AMF, según corresponda |
| Investigación (si procede) |
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Realización en SSM o en AMF, según corresponda:
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| En casos confirmados de Riesgo moderado, Riesgo grave o Desamparo | ||
|---|---|---|
| Evaluación inicial |
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Realización en SSM o en AMF, según corresponda:
Cuando, en casos de Investigación con Prioridad 3, se considere pertinente llevarla a cabo simultáneamente a la Evaluación inicial, ambos procesos se completarán en un máximo de 12 semanas tras la Recepción. Excepcionalmente, en casos de “Valoración en intervención”, podrá ampliarse a un máximo de 6 meses |
| Diseño del Plan de Atención Personalizada (SSM) / Plan de Caso (AMF) |
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Realización en SSM o en AMF, según corresponda: 6 semanas máximo tras el fin de la Evaluación inicial* + AMF 2 semanas para su estudio y aprobación en COTAIA |
| Puesta en marcha y revisión del Plan de Atención Personalizada (SSM) / Plan de Caso (AMF) |
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Realización en SSM o en AMF, según corresponda:
SSM - Con carácter general, el Plan de Atención Personalizada será revisado al menos cada seis meses. |
| Fin de la intervención y Cierre de expediente | Derivación, en su caso, a otros servicios | |
* En casos derivados por SSM, en el plazo máximo de cuatro semanas -preferiblemente antes- el AMF deberá informar a SSM de la asunción o no del caso (ver).