Intervención de Servicios Sociales Municipales en situaciones confirmadas de riesgo moderado

2.5. Contenido del PAP

El PAP ha de recoger las principales decisiones adoptadas en SSM sobre la intervención a llevar con el NNA y la familia. El primer PAP se diseñará tras la finalización de la Evaluación inicial y será revisado posteriormente a lo largo de su ejecución.  

El PAP recogerá la siguiente información:  

Plan de Atención Personalizada
  1. Servicio y profesional responsable del diseño del PAP  

  2. Datos de identificación del NNA y su familia  

  3. Antecedentes y valoración psicosocial   

  4. Finalidad de la intervención  

  5. Objetivos con el NNA y su familia y plazos de tiempo 

  6. Servicios a utilizar, destinatarios y duración estimada 

  7. Plan idóneo 

  8. Plan de contingencia 

  9. Respuesta de la familia, y en su caso el NNA, a la propuesta del PAP; acuerdos y compromisos establecidos   

  10. Servicio o profesional referente para la ejecución del PAP 

  11. Plazo de tiempo para la revisión del caso  

 

Datos de identificación del NNA y su familia

  • Datos de identificación del NNA: 
    • Número de expediente, nombre y apellidos del NNA, DNI/NIE, fecha de nacimiento, género; núcleo convivencial actual, dirección, teléfono, email
  • Datos de identificación de la familia: 
    • Composición familiar: nombre y apellidos, parentesco con el NNA, dirección, teléfono, email

    • Otros familiares y personas relevantes: nombre y apellidos, relación con el NNA, dirección, teléfono, email  

  • Hermanos/as con expediente abierto en SSM o AMF; aspectos/características compartidas

 

Antecedentes y valoración psicosocial

  • Tipología/s de desprotección y gravedad. 

  • Breve descripción de la información más significativa del proceso de intervención en el caso  

  • Necesidades de intervención  

Este apartado se centrará en la aportación de información relevante para la propuesta de intervención que se plantee en el caso concreto. Se expondrá de forma sintética, clara y comprensible, teniendo en cuenta que el PAP será acordado con la familia y podrán tener acceso a él.

 

Finalidad de la intervención

La Finalidad de la intervención define el objetivo último de la intervención con el NNA. Esto posibilitará que todos los esfuerzos (tanto de SSM, como de la familia y los restantes agentes y servicios intervinientes) tengan un sentido bien definido y se dirijan hacia una misma dirección.  

No es posible que un NNA se incluya de manera simultánea en varias Finalidades, pues sus objetivos generales son incompatibles. No obstante, un NNA puede encontrarse sucesivamente en diferentes Finalidades.  

Se distinguen las siguientes finalidades para la intervención de SSM:

 
 

 

                   Posibles objetivos y recomendaciones sobre la duración de la intervención
 para cada una de las Finalidades del Plan de Atención Personalizada en SSM

Valoración en intervención 

 

Duración máxima: 6 meses 

Ver

Génesis de colaboración con Servicios Sociales  

 

Duración máxima: 6 meses

Dirigido a NNA y/o progenitores o personas tutoras o guardadoras con los que se requiere iniciar una intervención de preservación familiar -en cualquiera de sus modalidades-, pero rechazan su participación o el grado de participación que admiten es insuficiente. 

 

Objetivos:   

  1. Generar en los progenitores o personas tutoras o guardadoras, y/o en los NNA, conciencia de sus dificultades y disposición para aceptar y colaborar en la intervención de los SSM.  
  2. Cuando los progenitores o personas tutoras o guardadoras no aceptan servicios de apoyo para ellos mismos, generar conciencia de las dificultades de sus hijos e hijas y conseguir que permitan que estos reciban los servicios de apoyo que necesitan. 

Preservación familiar: Capacitación parental 

 

Duración media: 2 años (aunque puede prolongarse) 

Dirigido a NNA cuyos progenitores o personas tutoras o guardadoras tienen capacidad potencial de cambio y capacidades para ejercer adecuadamente el rol parental. Las dificultades que les impiden o dificultan ejercer dicho rol son resolubles con servicios de apoyo y esos servicios se pueden proporcionar.   

 

Objetivos: 

 

  1. Capacitar a las personas progenitoras, tutoras o guardadoras para ejercer adecuadamente el rol parental. 
  2. Finalizar o disminuir la gravedad de la situación de desprotección, mantener la unidad familiar, garantizar que el NNA tiene sus necesidades básicas satisfechas en su familia, y eliminar o reducir el riesgo de que la desprotección vuelva a aparecer en el futuro. 
  3. Reparar el daño que la desprotección y/u otras circunstancias adversas han provocado en el NNA y dotarle de recursos resilientes. 
  4. Reforzar la red formal e informal de apoyo del NNA y la familia.

Preservación familiar: Complemento familiar  

 

Duración: Sin límite  

Dirigido a NNA y familias en las que se constata que las personas progenitoras, tutoras o guardadoras, aunque aceptan la intervención, no tienen capacidad potencial de cambio ni van a poder adquirir capacidades para ejercer adecuadamente el rol parental de forma completa. Las dificultades que les impiden o dificultan ejercer algunos aspectos de dicho rol no son resolubles con los servicios de apoyo disponibles. A pesar de ello, se valora que mantener al NNA en el entorno familiar es la alternativa idónea o la única posible. En los casos orientados a esta finalidad, la intervención directa y de apoyo al NNA tiene un peso muy importante.  

 

Objetivos

 

  1. Complementar a las personas progenitoras, tutoras o guardadoras en las funciones del rol parental en las que se encuentran limitados. 
  2. Finalizar la situación de desprotección y mantener la unidad familiar. 
  3. Garantizar la satisfacción de las necesidades básicas del NNA. 
  4. Reparar el daño que la situación de desprotección y/u otras circunstancias adversas han provocado en el NNA y dotarle de recursos resilientes.  
  5. Reforzar la red formal e informal de apoyo del NNA. 
  6. Crear una red normalizada de apoyo al NNA y a la familia que asuma la función de complementar a las figuras parentales y garantice de forma estable el bienestar del NNA.

Apoyo específico al NNA  

Duración: sin límite 

Dirigido a NNA cuyos progenitores o personas tutoras o guardadoras no aceptan la intervención de los Servicios Sociales, no ha sido posible conseguir la necesaria colaboración, habiendo aceptado la intervención, no se han conseguido los resultados perseguidos y no es factible o no se considera pertinente continuar con la intervención. A pesar de ello, se valora que mantener al NNA en el entorno familiar es la alternativa idónea o la única posible. Los progenitores o personas tutoras o guardadoras y el NNA aceptan la intervención 

 

Objetivos

 

  1. Garantizar la satisfacción de las necesidades básicas del NNA en la familia. 
  2. Reparar el daño que la situación de desprotección y/u otras circunstancias adversas han provocado en el NNA y dotarle de recursos resilientes.  
  3. Reforzar la red formal e informal de apoyo del NNA. 
  4. En adolescentes a partir de 14 años, dotarles de capacidades y habilidades de autocuidado y autonomía para la vida adulta.  
  5. Apoyar, orientar y promover la máxima implicación de las personas progenitoras, tutoras o guardadoras en el ejercicio del rol parental.  
  6. Crear una red normalizada de apoyo al NNA y a la familia que asuma la función de complementar a las figuras parentales y garantice de forma estable el bienestar del NNA.

Acompañamiento, seguimiento y/o control de la situación del niño, niña o adolescente y la familia 

 

Duración: Sin límite

Dirigido a NNA y familias con las que no se está llevando una intervención dirigida al cambio propiamente dicha, bien porque no se dan las condiciones para ello, o bien porque ya ha finalizado.  

 

Objetivos:  

 

  1. Evaluar la estabilidad de los cambios obtenidos tras una intervención de capacitación parental o tras un proceso de reintegración familiar. 
  2. Reforzar y apoyar el mantenimiento de esos cambios a través de una intervención no intensiva. 
  3. Realizar un seguimiento de la situación de un NNA y del cuidado y trato recibidos en su familia.  
  4. Prevenir o detectar precozmente el agravamiento o la aparición de una situación de desprotección.

 

Objetivos con el NNA y su familia y plazos de tiempo

El PAP deberá recoger los objetivos que se persiguen con el NNA, la familia, y, en su caso, su entorno, que emanarán de la Finalidad establecida para la intervención, así como los plazos de tiempo establecidos para su consecución. 

La formulación de los objetivos de la intervención reviste gran importancia, pues entre otras cosas: 

  1. La planificación y desarrollo de la intervención se ha de focalizar en la consecución de dichos objetivos. 
  2. Los objetivos determinarán los recursos o servicios de apoyo a proporcionar tanto al NNA como a la familia. 
  3. Los objetivos han de ser utilizados para realizar el seguimiento de la intervención y valorar sus resultados. 
  4. Las posibles modificaciones del PAP se han de basar, entre otros, en la evaluación periódica de la consecución o no de los objetivos planteados. 

 

Habitualmente, el PAP definirá los objetivos generales de la intervención, que guiarán a los servicios que la desarrollen (p.ej., programa de intervención familiar, programas de apoyo psicológico, programas específicos de apoyo a los NNA). Estos servicios deberán concretar los objetivos generales en objetivos específicos, secuenciar su abordaje, y determinar el procedimiento a seguir para alcanzarlos.  Asimismo podrán, a lo largo de su intervención, proponer modificaciones en los objetivos generales definidos por los SSM en caso de considerarlo necesario o conveniente, así como en los objetivos específicos a abordar y su secuenciación.

 

Servicios a utilizar, destinatarios y duración estimada

El PAP debe incluir qué servicios se han de proporcionar al NNA y/o la familia para conseguir los objetivos previstos, especificándose quiénes serán las personas destinatarias de los mismos y la duración prevista. En la intervención se hará el máximo uso de los recursos comunitarios. El PAP recogerá también el cronograma de reuniones de coordinación y seguimiento que se establezcan con los servicios intervinientes.  

 

Entre los servicios que el art. 181.3 LIA establece que deberán estar disponibles para la atención a NNA en riesgo moderado y sus familias, se encuentran los servicios de intervención familiar, dirigidos a proporcionarles apoyo socioeducativo y psicosocial. De acuerdo al Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de cartera de prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales, estos servicios dependerán de SSM y podrán desarrollarse tanto en el domicilio familiar como en el entorno comunitario. 

 

Otros servicios señalados en el art. 181.3 LIA incluyen: 

  • Intervenciones técnicas de orientación y asesoramiento a la familia con el fin de prestarle apoyo para el acceso, siempre y cuando se reúnan los requisitos exigidos, a servicios y a la tramitación de prestaciones y ayudas económicas susceptibles de contribuir a mejorar el entorno familiar y las condiciones de vida, y así hacer posible la permanencia de la persona menor en el entorno familiar; en particular: renta de garantía de ingresos, ayudas de emergencia social, así como prestaciones económicas y servicios del ámbito de la atención a la dependencia en caso de que la persona menor u otro miembro de la familia se encuentre en tal situación. 
  • Medidas de apoyo a las funciones de crianza (art. 168 LIA). 
  • Servicios de mediación familiar para situaciones de conflicto o crisis familiar derivadas de la ruptura de la unidad familiar (art. 169 LIA). 
  • Medidas de apoyo y de mentoría por parte de personas o familias voluntarias que puedan ofrecer a estas personas un apoyo cercano y constituirse como referentes en su proceso de crianza. 
  • Atención sanitaria, incluida la atención a la salud mental, incluyendo programas dirigidos al tratamiento y a la atención integral de las necesidades en salud mental infantil y juvenil, así como de las familias. 
  • Atención sociosanitaria adaptada a las necesidades de las personas menores que presenten simultáneamente trastornos de salud mental y graves limitaciones funcionales, en su caso en el marco de las unidades sociosanitarias contempladas en el art. 114 LIA. 
  • Atención en las unidades terapéutico-educativas previstas en el art. 115 LIA, cuando la persona menor de edad en situación de riesgo se identifique dentro del colectivo de alumnos y alumnas con trastornos graves de salud mental para quienes las medidas y los apoyos generales y específicos disponibles en su entorno ordinario no son ni suficientes ni adecuados y que, por tanto, requieren de una atención integral, interdisciplinaria y especializada para la respuesta educativa y sanitaria. 
  • Acceso en los centros educativos y de formación profesional a las medidas y a los apoyos que resulten necesarios en caso de personas con necesidades específicas de apoyo educativo. 
  • Acceso a programas de formación para adolescentes que han abandonado el sistema educativo general. 
  • Acceso a programas de preparación para la vida independiente. 
  • Cualquier otra medida, de carácter psicosocial, socioeducativo o de otra índole, susceptible de contribuir a la desaparición de la situación de riesgo y de la situación perjudicial que rodea a la persona menor, y que podrá ser adoptada en colaboración con otras administraciones públicas, cuando así proceda.

 

Plan idóneo 

En ocasiones, puede valorarse que un NNA o una familia necesita una serie de recursos o servicios, pero, en la práctica, no están disponibles o no lo están en las condiciones requeridas. Cuando suceda esto, será necesario plantear otras alternativas que, aunque no sean idóneas, resulten viables. Esto deberá quedar recogido en el PAP, señalándose cuál es el plan idóneo y las razones concretas que motivan que no pueda llevarse a efecto. 

 

Plan de contingencia 

El Plan de contingencia se definirá para los PAP con riesgo de fracaso en los que se valora que la no consecución de los objetivos planificados puede suponer o va a suponer un daño severo para el NNA. Entre estos casos se encuentran los de riesgo moderado cercano a grave.  Dicho Plan define y anticipa la actuación de SSM en caso de que la Finalidad prevista no se logre. La definición de un Plan de contingencia implica que los SSM han de tener planificado, simultáneamente al trabajo sobre el PAP actual, la alternativa a poner en marcha en caso de fracaso, al objeto de evitar tiempos de espera y daño a los NNA afectados.  

 

Respuesta de la familia y, en su caso el NNA, a la propuesta del PAP de Caso; acuerdos y compromisos establecidos  

  • Respuesta de las personas progenitoras, tutoras o guardadoras y del NNA al PAP propuesto. 
  • En su caso, acuerdos y compromisos establecidos con las personas progenitoras, tutoras o guardadoras y con el NNA