4.1. Criterios - haurtzaroeskuliburua
Intervención de Servicios Sociales Municipales en situaciones confirmadas de riesgo moderado
4.1. Criterios
Aunque puede haber casos excepcionales, los criterios para proceder al cierre de expediente de Infancia en SSM serán los siguientes:
- Desaparición de la situación de desprotección, sin valorarse riesgo de reaparición a corto plazo. El NNA está viviendo en el domicilio familiar habiendo garantías de que va a recibir un cuidado adecuado y que va a tener sus necesidades básicas satisfechas. Ha habido una evolución positiva en la situación familiar, y ha desaparecido la situación de desprotección. No se requiere continuar la intervención de apoyo o seguimiento de SSM.
- La persona adulta causante de la desprotección ya no vive en el domicilio familiar y no va a tener acceso al NNA. No se valora riesgo de que la situación se repita.
- Derivación y asunción del caso por el AMF. *
- El NNA ha alcanzado la mayoría de edad. En caso de necesitar apoyos, se le deriva a los servicios comunitarios pertinentes (si es que existen).
- El o la adolescente tiene entre 16-18 años, está emancipado legalmente o de hecho (y no está tutelado por la entidad pública) y es capaz de vivir de manera autónoma.
- Adopción del NNA.
- Fallecimiento del NNA.
- Traslado estable de domicilio del NNA y la familia a otro municipio, Territorio, Comunidad Autónoma o país.
Los SSM podrán seguir teniendo expediente abierto por otro tipo de necesidades en la familia.
* Cuando el Plan de Caso se oriente a la preservación o reintegración familiar, el AMF -a través del Coordinador o Coordinadora de Caso, informará regularmente a SSM de la evolución del NNA y la familia.