Intervención de Servicios Sociales Municipales en situaciones confirmadas de riesgo moderado

4.2. Procedimiento

Cuando el o la profesional referente en SSM valore que puede ser pertinente el cierre de expediente, estudiará también cuál es el mejor procedimiento para llevarlo a cabo y los plazos de tiempo previstos para ello.  

Además de proceder a la remisión de las notificaciones/comunicaciones oportunas, el o la profesional referente llevará a cabo un cierre formal de la intervención con la familia, el NNA y todos aquellos servicios o profesionales relevantes en el caso. Siempre que sea posible, el cierre se llevará a cabo mediante una entrevista personal con el NNA y la familia. Si no fuera posible, se hará por escrito.  

Si procede derivación del caso a otro servicio o institución, la comunicación del cierre se realizará en el propio documento de derivación.  

Se elaborará un breve informe de cierre que quedará recogido en el expediente. En él, se señalarán los motivos del cierre y las gestiones técnicas y administrativas realizadas, así como los datos referidos a la derivación (si se hubiera producido). Se adjuntará una copia de todas las notificaciones e informes remitidos o recibidos en esta fase del proceso.