Intervención familiar especializada para la Preservación y la Reintegración familiar

4. Finalización de la intervención familiar especializada

La finalización de la intervención de los programas puestos en marcha para la intervención familiar especializada se producirá cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
 

  • Las condiciones de la familia han variado sustancialmente y las personas progenitoras, tutoras o guardadoras son capaces de proporcionar una atención adecuada a las necesidades del NNA sin requerir apoyo profesional externo.
  • La gravedad de la desprotección ha disminuido de forma significativa y la disminución se ha mostrado estable durante al menos cuatro meses consecutivos, aunque aún hay indicadores de vulnerabilidad a la desprotección o riesgo leve o moderado.
  • Cumplimiento del tiempo máximo establecido para la intervención del programa.
  • La familia abandona el programa por decisión propia.
  • Falta de resultados.
  • En los casos con finalidad de preservación, los servicios proporcionados no son suficientes para garantizar la integridad y seguridad básicas del NNA en el domicilio familiar.
  • Traslado de residencia del NNA y la familia fuera del Territorio Histórico de Araba.

Siempre que sea posible, la finalización de la intervención se planificará con suficiente antelación, permitiendo un proceso de desvinculación progresivo entre la familia y el programa.

Para proceder a la finalización de la intervención del programa, el Coordinador o Coordinadora de Caso:

  1. Estudiará y acordará la decisión de finalización con el equipo técnico del programa.
  2. El equipo técnico del programa elaborará el informe final de la intervención, describiendo:
    • La duración total de su intervención.
    • Los objetivos generales y específicos abordados.
    • Los recursos utilizados (propios y ajenos).
    • Evolución del caso y grado de consecución de los objetivos planteados.
    • Situación actual de la familia en cada una de las áreas de trabajo establecidas, con especial atención a la situación del NNA.
    • Pronóstico y necesidades futuras de intervención.
  3. El Coordinador o Coordinadora de Caso presentará la correspondiente propuesta a la persona Responsable Técnica de Equipo en su Unidad para su visto bueno.
  4. Una vez realizado lo anterior, y salvo cuando no sea posible o aconsejable, el Coordinador o Coordinadora de Caso y los y las profesionales del programa mantendrán con la familia, y el NNA si fuera pertinente, una reunión formal de devolución, en la que se revisarán los resultados de la intervención y se procederá a su cierre formal. En esa reunión, el Coordinador o Coordinadora de Caso clarificará a la familia cuál va a ser en el futuro su relación con el AMF o con los SSM, si hubiera derivación
  5. Comunicará la finalización de la intervención del programa a los SSM o a otros servicios implicados cuando resulte pertinente.

Si la finalización de la intervención del programa fuera asociada al cierre de expediente en el AMF, se procederá a la presentación de la correspondiente propuesta a COTAIA.