5.2. Valoración de la adecuación de personas y familias ajenas

  • Una vez que la persona o familia que se ofrece para el acogimiento ha participado en las preceptivas sesiones informativas o formativas y ha presentado la documentación requerida para la solicitud, todo ello de acuerdo a lo establecido en el Decreto 170/2018, de 11 de Diciembre, la persona designada al efecto en la UAFA enviará dicha solicitud junto al correspondiente escrito firmado por la persona Responsable Técnica de Equipo en dicha Unidad, al PAAFA para iniciar el proceso de valoración.
  • El estudio y valoración psicosocial del PAAFA se dirigirá a verificar el cumplimiento de los requisitos generales y específicos exigidos para obtener la declaración de adecuación establecidos en el art. 24 Decreto 170/2018, de 11 de Diciembre, y se llevará a cabo siguiendo el procedimiento general descrito en el mismo. 
  • El PAAFA completará el proceso y emitirá el correspondiente informe de valoración psicosocial en el plazo máximo de doce semanas, salvo excepciones justificadas que en todo caso no podrán corresponder a la empresa contratada para la valoración. El informe será remitido al técnico psicólogo o psicóloga designado al efecto en la UAFA para la gestión de la bolsa de familias acogedoras, quien lo estudiará y solicitará si fuera preciso las aclaraciones o contrastes pertinentes.
  • Si la persona o familia solicitante fuera considerada adecuada para el acogimiento, el técnico psicólogo o psicóloga de la UAFA que gestiona la bolsa de familias acogedoras le citará para para recabar la información adicional necesaria para la elaboración del informe-propuesta a presentar a COTAIA. Antes de su presentación, el informe-propuesta deberá contar con el visto bueno y firma de la persona Responsable Técnica de Equipo en la UAFA.
  • El informe-propuesta dirigido a COTAIA tendrá el siguiente contenido:
Contenido del informe propuesta a COTAIA
Adecuación para el acogimiento familiar
  1. Datos de identificación de la persona o personas solicitantes
  2. Composición familiar
  3. Fecha, conclusiones de la valoración y propuesta del PAAFA
  4. Cumplimiento por parte de la persona o familia solicitante de los requisitos de adecuación para el acogimiento
  5. Riesgos
  6. Grado de acuerdo de la persona o familia solicitante con la propuesta del AMF
  7. Disponibilidad para el acogimiento
  8. Perfil del niño, niña o adolescente a acoger: Modalidad de acogimiento, edad, sexo, número de NNAs, discapacidad, religión/raza/cultura, régimen de visitas, seguimiento y apoyo técnico, observaciones
  9. Valoración y propuesta
  • Si la persona o familia solicitante fuera considerada no adecuada para el acogimiento, el técnico psicólogo o psicóloga de la UAFA que gestiona la bolsa de familias acogedoras le citará por escrito para realizar el trámite de audiencia y entrega de copia del informe del PAAFA. Se le informará de la apertura del plazo de diez días para la presentación de las alegaciones oportunas. La persona o familia solicitante deberá firmar el documento acreditativo de que ha recibido dicha información.


No obstante lo anterior, se ofrecerá a la persona o familia solicitante la opción de solicitar el cierre del expediente en ese momento para finalizar el proceso. En caso de que la persona o familia solicitante decida continuarlo y presentar alegaciones, estas serán estudiadas y tenidas en cuenta para la presentación del informe-propuesta a COTAIA.
En estos casos, el informe a COTAIA se centrará en las circunstancias que motivan la no adecuación.