5.3. Valoración de la adecuación de personas y familias extensas o allegadas - haurtzaroeskuliburua
5.3. Valoración de la adecuación de personas y familias extensas o allegadas
El proceso de valoración de la adecuación para el acogimiento de personas y familias extensas o allegadas es el mismo que para personas y familias ajenas, a excepción de que:
- El o la técnico del AMF que realiza las tareas relacionadas con este proceso (recepción de solicitudes, derivación al PAAFA, recepción del informe-propuesta, elaboración del informe para COTAIA, etc.) será quien tenga asignada la Coordinación de Caso.
- La valoración ha de enfocarse en la adecuación de una persona o familia para un NNA o NNAs concretos.
- Salvo edades tempranas, la valoración deberá incluir en todos los casos la opinión y deseos del NNA en relación al acogimiento. Recogerá asimismo su disposición hacia el mismo y el grado en que el acogimiento responderá a sus necesidades e interés. Esta información se recogerá directamente del propio NNA o, si fuera más pertinente, de terceras fuentes cualificadas (p.ej., educadores o educadoras del centro de acogida, psicólogo o psicóloga de NNA en tratamiento).
- La propuesta a COTAIA será presentada por la persona Responsable Técnica de Equipo en la Unidad a la que esté adscrito dicho técnico.