5.4. El informe de valoración psicosocial - haurtzaroeskuliburua
5.4. El informe de valoración psicosocial
El informe de valoración se dirigirá a verificar el cumplimiento de los requisitos generales y específicos exigidos para obtener la declaración de adecuación establecidos en el art. 24 Decreto 170/2018, de 11 de Diciembre, y se llevará a cabo siguiendo el procedimiento general descrito en dicho Decreto.
El informe incluirá los cuestionarios o pruebas aplicadas, así como otros informes complementarios que pudieran ser relevantes. En el caso de familias ajenas, concluirá con una propuesta que, entre otros, deberá especificar el perfil de NNA o NNAs para los que la persona o familia valorada se considera adecuada.
El informe recogerá asimismo la respuesta de la persona o familia solicitante -tanto ajena, como extensa o allegada- a la devolución de las conclusiones de la valoración.
Su remisión al AMF se realizará por vía electrónica y se dirigirá al técnico referente, quien lo estudiará y solicitará si fuera preciso las aclaraciones pertinentes al PAAFA.