7.1. Propuesta de asignación a la persona o familia seleccionada en acogimientos en familia ajena

Recibida la propuesta de PAAFA de asignación familia acogedora-NNA, el Coordinador o Coordinadora de Caso en el AMF y el psicólogo o psicóloga designado al efecto en la UAFA para la gestión de la bolsa de familias acogedoras, citarán a la persona o familia seleccionada para proponer la asignación. 

En esa reunión, se informará a la familia seleccionada de las peculiaridades del acogimiento (modalidad propuesta, régimen de visitas, etc.) y de las características del NNA a ser acogido, en particular, de las referidas a su estado de salud, tratamientos o seguimientos, y a sus aspectos psicológicos, académicos, pedagógicos y sociales, entregándoseles esta información por escrito sin datos de identificación ni fotografías (art. 43.2 y 43.3., Decreto 179/2018, de 11 de diciembre). Se le comunicará también cualquier otra información que resulte relevante, así como sus obligaciones como familia acogedora respecto al NNA, con especial mención al hecho de que el acogimiento no supone una convivencia definitiva con el NNA. 

También se le deberá informar de la existencia de permisos por paternidad o maternidad de la Seguridad Social y otro tipo de ayudas o derechos tanto del IFBS como de otras entidades, remitiéndoles a los organismos responsables para recabar mayor información al respecto (ver).

Se le dará un plazo máximo de cinco días hábiles para su respuesta: 

  • Si la respuesta es negativa, el psicólogo o psicóloga designado al efecto en la UAFA para la gestión de la bolsa de familias acogedoras dejará por escrito esta respuesta y los motivos alegados, para poder determinar si procede o no la revocación de la declaración de adecuación.
  • Si no hay respuesta en plazo, se considerará una “no aceptación” y conllevará la pérdida de la adecuación si no está debidamente justificado.
  • Si la respuesta es afirmativa, el Coordinador o Coordinadora de Caso se encargará de la firma de la aceptación de la propuesta y de inicio de contactos, y les facilitará el nombre y una fotografía del NNA. 

Tras la aceptación del acogimiento, el Coordinador o Coordinadora de Caso en el AMF se coordinará con la Dirección de PAAFA para el inicio de su intervención y la asignación de Responsable de Caso (RC). Se enviará por escrito la correspondiente derivación. Se preparará la resolución de “delegación de guarda para acoplamiento” para su firma por parte del Diputado o Diputada correspondiente.