4.1. Plantilla laboral y funciones - haurtzaroeskuliburua
4.1. Plantilla laboral y funciones
Todo el personal de los recursos de acogimiento residencial deberá tener la cualificación y experiencia requerida para sus funciones. En todo caso, será requisito indispensable no haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye agresión, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como trata de seres humanos.
- Personal de gestión: Cada recurso residencial dispondrá de una persona responsable (de piso o centro) que contará con el título universitario de diplomatura, licenciatura o grado en alguna de las disciplinas de la intervención social, o bien habilitación del colegio correspondiente. Deberá poseer una experiencia mínima de un año en cada uno de los siguientes ámbitos: protección de menores y coordinación de equipos. La persona responsable del recurso será la encargada de motivar, liderar y coordinar al equipo educativo y llevar a cabo las acciones necesarias para el buen funcionamiento del programa. Sus funciones deberán detallarse en los Proyectos Socioeducativos de cada recurso residencial e incluirán el ejercicio de la guarda de los NNA atendidos, el rol de liderazgo en la gestión administrativa y organizativa, la supervisión del adecuado funcionamiento de los programas, y la coordinación con el AMF para el seguimiento y supervisión de casos.
- Equipo educativo: Las personas que integren el equipo educativo deberán contar con diplomatura o grado en Educación Social o habilitación por el colegio profesional de educadores y educadoras sociales y un año de experiencia como mínimo en el ámbito de protección de menores. Los Proyectos Socioeducativos de cada recurso residencial detallarán sus funciones, que incluirán las de responsabilizarse de la atención integral de los NNA, elaborar el Proyecto Socioeducativo Individual (PSI) de cada uno de ellos, realizar su seguimiento y elaborar los informes de seguimiento, y coordinarse con otras entidades y equipos profesionales intervinientes.
- Equipo auxiliar educativo: El personal auxiliar educativo deberá contar con el título de Técnico Superior en Integración Social o similar y un año de experiencia como mínimo en el ámbito de la protección de menores. Su función básica será apoyar y reforzar la labor del equipo educativo. Sus funciones más específicas se detallarán en el Proyecto Socioeducativo de cada recurso residencial, que deberán incluir las de garantizar la adecuada atención de los NNA durante la noche y atender junto con el resto del personal a tareas concretas de la vida cotidiana, como comidas, salidas a los centros escolares, acompañamientos a actividades extraescolares, etc.
- Equipo de apoyo técnico: Los recursos residenciales deberían contar con un equipo de apoyo técnico compuesto al menos por profesionales de psicología y trabajo social. Los Proyectos Socioeducativos de cada recurso detallarán sus funciones que, en general, incluirán las siguientes:
- Profesionales de psicología: con respecto a los NNA, realizarán evaluaciones psicológicas iniciales para contribuir a la elaboración del PSI, así como atención individual y grupal para apoyo y orientación. Con respecto al personal educativo, realizarán asesoramiento en el diseño de actividades y estrategias de intervención y apoyo personal en situaciones de crisis.
- Profesionales de trabajo social: realizarán labores principalmente de trabajo con las familias de origen y de coordinación con otros servicios y prestaciones que los NNA o sus familias puedan recibir.
- Personal de servicios generales: Las plantillas de personal se completan con los trabajadores y trabajadoras de servicios generales que se precisen según el tipo de recurso residencial, fundamentalmente personal doméstico de limpieza y cocina. Deberán estar en posesión del graduado en ESO o equivalente y realizará las labores propias de su categoría profesional, que estarán detalladas en el Proyecto Socioeducativo de cada recurso. La selección de personal tendrá en cuenta el contexto educativo en que realizan su función y velará por que asuman los principios de funcionamiento que rigen el recurso residencial en cuanto a la relación con los NNA. El personal de cocina deberá estar en posesión del permiso de manipulación de alimentos.