1.1. Sistemas de recepción y atención a situaciones de urgencia - haurtzaroeskuliburua
3.4. Actuación en situaciones de urgencia y casuísticas particulares
1.1. Sistemas de recepción y atención a situaciones de urgencia
Los Servicios Sociales dirigidos a la Infancia del Territorio Histórico de Álava han de atender e intervenir rápidamente ante las notificaciones de urgencia que se produzcan en el ámbito territorial de su competencia. Esto se logrará a través de un sistema de servicios que, en conjunto, han de prestar una atención permanente 365 días al año, 24 horas al día. La información acerca de la composición y el procedimiento de actuación de estos servicios debe ser difundida entre los servicios comunitarios y la población general, responsabilidad que corresponde a los SSM.
Los servicios implicados en este tipo de actuaciones son:
- SSM y AMF (en concreto, su Unidad de Recepción, Valoración y Orientación URVO), que han de atender, en su horario de atención habitual (9:00-14:30h), las comunicaciones de situaciones urgentes o situaciones que pudieran requerir de actuaciones protectoras de urgencia.
Los SSM y el AMF deben disponer de sistemas que aseguren la identificación y atención necesaria a las situaciones de carácter urgente que lleguen a sus servicios en horario laboral. En el caso del AMF, dispondrá de turnos de atención de guardia entre los técnicos de la URVO. - El Servicio de Urgencias Sociales (SMUS), que ha de intervenir fuera del horario laboral de atención de SSM y AMF.
- Policía, Fiscalía de Menores y Juzgados, que en ocasiones se convierten en receptores directos de situaciones de urgencia.
En situaciones de urgencia que así lo requieran, tanto el SMUS como las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Fiscalía o Juzgados podrán trasladar al NNA a uno de los centros de acogida de urgencia dependientes del AMF. Posteriormente, el AMF continuará el proceso de intervención. En las situaciones que impliquen presuntos delitos, intervendrá y resolverá además el juzgado correspondiente.