3.4. Recién nacidos cuyos padres y madres entregan voluntariamente en adopción - haurtzaroeskuliburua
3.4. Actuación en situaciones de urgencia y casuísticas particulares
3.4. Recién nacidos cuyos padres y madres entregan voluntariamente en adopción
• Una vez que el centro hospitalario notifica al AMF una entrega voluntaria de recién nacido para adopción, el Coordinador o Coordinadora de Caso asignado en URVO se pondrá en contacto con el Trabajador o Trabajadora Social de dicho centro para recabar, en caso de madre soltera y sin previsión de reconocimiento de paternidad, la siguiente información y documentación:
- Nombre y apellidos, número de teléfono y dirección postal de la madre
- Copia del DNI, pasaporte o permiso de residencia para entregarlo cuando se recabe la entrega voluntaria
- Nombre de los progenitores de la madre (para inscripción en el Registro Civil)
- Si hay otros hijos o hijas: nombre y fecha de nacimiento
En caso de que la mujer estuviera casada o hubiera reconocimiento de paternidad, se requerirá la firma de la entrega inicial y los mismos datos o documentos del padre o cónyuge. Si hay matrimonio, el hijo o hija será considerado automáticamente “hijo o hija matrimonial”.
Con esta información se prepararán los anexos 1. Entrega voluntaria, 2. Cita para ratificación y asentimiento para la adopción (segunda firma, dos copias), y 3. Autorización para recoger al bebé en el centro hospitalario firmada por el Diputado o Diputada Foral.
• El Coordinador o Coordinadora de Caso acordará con el Trabajador o Trabajadora Social del centro hospitalario el momento en que se presentará en el mismo para acudir a la habitación de la madre para informarle -o informar a los progenitores- de lo que se describe a continuación y recabar las firmas de los anexos 1 y 2.
• Antes de recabar ninguna firma, deberá confirmarse la voluntad de la entrega en adopción, e informar a los progenitores de las implicaciones y consecuencias de su decisión y del procedimiento a seguir. Teniendo en cuenta que la entrega de un hijo o hija recién nacido en adopción constituye en general una situación difícil, es importante que la provisión y recogida de información vaya acompañada de apoyo emocional, empatía y respeto. Este acompañamiento, además, favorecerá una mayor disponibilidad a proporcionar información que será relevante para la futura persona adoptada.
De esta forma, los objetivos de este primer contacto con progenitores que manifiestan su deseo o decisión de entregar voluntariamente a su hijo o hija en adopción son varios:
- En caso de no haberse hecho antes, informarles de sus derechos y opciones. Ninguna persona deberá firmar ningún documento hasta haber recibido información completa sobre las consecuencias personales, emocionales y legales de solicitar formalmente la entrega voluntaria de su hijo o hija en adopción. Debe asegurarse que la persona entiende las implicaciones de su decisión, que dispone de toda la información necesaria para tomarla de forma fundamentada, que conoce su derecho a revocación, y que es conocedora de que no habrá ninguna consecuencia legal. Se le informará también sobre recursos o servicios de apoyo, tanto si decide entregar a su hijo o hija en adopción como si finalmente no lo hiciera.
- Conocer, si los manifiestan, sus deseos respecto al nombre del niño o niña u otros (p.ej., adopción abierta). Estos deseos serán considerados, y podrán ser atendidos siempre y cuando sea posible y respondan al interés superior del niño o niña.
- Recabar la máxima información sobre su historia y situación personal. Esto es importante porque, en muchos casos y junto con otras fuentes documentales, será la única información sobre su historia personal y familiar que conste en el expediente del niño o niña y, en un futuro, será imprescindible para que pueda hacer efectivo su derecho a conocer sus orígenes biológicos, reconocido en el art.180.5 CC, que establece además, la obligación de la Entidad Pública de asegurar la conservación de la información que se disponga relativa a los orígenes del NNA durante al menos cincuenta años con posterioridad al momento en que la adopción se haya hecho definitiva. Es, por tanto, fundamental que los y las profesionales que intervienen en la entrega dejen constancia de toda la información que obtengan y, principalmente, de aquella que, en un futuro, pueda ser importante para la persona adoptada para conocer los motivos de la adopción y sus antecedentes familiares.
- Informarles sobre los pasos a dar en el proceso de adopción y los datos de contacto con el o la profesional referente en el AMF.
En general, se llevará a cabo una única entrevista con los progenitores. No obstante, si lo demandan, podrán realizarse más entrevistas durante las seis semanas que han de transcurrir hasta la firma del asentimiento.
• Del anexo de Entrega voluntaria firmado no se dará registro de entrada en el IFBS. La cita para la ratificación y asentimiento para la adopción tendrá lugar tras las seis semanas tras el parto, pudiendo darse tres o cuatro días de margen. Se llevarán dos copias del documento donde conste la cita (anexo 2) para ser firmadas, conservándose una de ellas en el AMF como recibí.
• Realizados los trámites anteriores, el Coordinador o Coordinadora de Caso de URVO procederá de forma inmediata a consultar al PAAFA la disponibilidad de familia de acogida de urgencia o, en su defecto, plaza en el CAU Hazaldi. Esta gestión podrá adelantarse cuando las circunstancias del caso lo permitan.
Una vez determinado dónde se acogerá al o a la bebé, se acordará con el PAAFA o en su defecto con la Dirección del CAU Hazaldi cuándo proceder al traslado. En caso de familia de acogida de urgencia, el Coordinador o Coordinadora de Caso preparará la canastilla con ropa -hay alguna disponible en el AMF- y silla para el traslado.
• El Coordinador o Coordinadora de Caso:
- Abrirá expediente en el AMF al niño o niña con el nombre asignado por la progenitora o progenitores.
- Informará a UAFA.
- Preparará el correspondiente informe técnico, la resolución de asunción de tutela -que se asumirá desde la fecha del nacimiento-, y la resolución de acogimiento familiar de urgencia -y el correspondiente contrato, como cualquier acogimiento familiar- o de acogimiento residencial en el CAU Hazaldi.
Con el visto bueno de la persona Responsable Técnica de Equipo en URVO, se tramitarán las correspondientes resoluciones, en este caso con carácter urgente.
El expediente será abierto con los siguientes datos:
Fechas demanda: fecha de nacimiento
Tipo demanda: Otras demandas
Problemática: 4002 Renuncia
Tipos de ayuda: 30
Crear expediente.
¿Qué tipo de apertura desea realizar? Apertura
Situación jurídica: 4 Tutela
Fecha sit. Jurídica: Fecha nacimiento.
Servicio: 3 Acogimiento Familiar/Valoración, si hay compatibilidad informática
Servicio idóneo: 4 Adopción.
Recurso: 3136 Acogimiento Familiar de Urgencia//3112 Centro Hazaldi
Motivo ingreso: 4 Renuncia
• Cuando el Coordinador o Coordinadora de Caso acuda al centro hospitalario a recoger al bebé, entregará la correspondiente autorización con la firma del Diputado o Diputada Foral (anexo 3).
En el centro hospitalario entregarán el parte de nacimiento, el informe de alta, un escrito en el que conste que entregan al o a la bebé, su cartilla de vacunaciones y una cajita con “sus primeros recuerdos”. La documentación se incluirá en el expediente del caso en el AMF. Se entregará una copia del informe de alta junto con la cartilla de vacunaciones y las recomendaciones médicas que pudiera haber a la familia de acogida o al CAU Hazaldi.
• Una vez hecho lo anterior, el Coordinador o Coordinadora de Caso:
- Cumplimentará la declaración de nacimiento del niño o niña para el Registro Civil, que entregará a la persona asesora legal del AMF para la correspondiente inscripción. El posterior certificado literal de nacimiento quedará incorporado al expediente de protección del AMF. En el mismo constará el Código Personal de Registro, cuya referencia deberá aparecer en el Asentimiento para la adopción (anexo 4) que la progenitora o progenitores deberán firmar a las seis semanas tras el parto.
- Solicitará por correo electrónico al INSS número de la Seguridad Social del niño o niña, adjuntando el certificado de asunción de tutela y su partida de nacimiento.
• Hecho lo anterior, preparará el Plan de Caso inicial para proponer, una vez firmado el asentimiento para la adopción, la guarda del niño o niña con finalidad adoptiva, el cese del acogimiento residencial o acogimiento familiar de urgencia, y los recursos inherentes a la guarda con fines de adopción así como las resoluciones y documentos correspondientes.
Preparará asimismo el anexo 4 para recabar el asentimiento para la adopción (ratificación) que los progenitores deberán firmar a las seis semanas tras el parto. Una vez firmado, se coordinará con UAFA para poner en marcha el proceso adoptivo. A partir de este momento, el caso se coordinará desde UAFA.
La Guarda con fines de adopción de niños y niñas recién nacidos tras el asentimiento para la adopción:
• El Coordinador o Coordinadora de Caso en UAFA citará en el AMF a la familia idónea seleccionada para hacer la asignación. Se les proporcionará información básica del niño o niña, se recabará su firma al documento de aceptación de la asignación y de guarda con finalidad adoptiva, y, tras ello, se les mostrarán fotografías del bebé y se les facilitará su nombre..
Confirmará que son conocedores de que la guarda con fines de adopción conlleva la aceptación del seguimiento y apoyo técnico del Programa de Apoyo a la Adopción (ProAdop) y les informará de la correspondiente compensación económica por guarda con finalidad adoptiva (ayuda 36).
• Se acordará la fecha en la que se iniciará la convivencia y se les solicitará certificado de titularidad de cuenta bancaria.
• El día de la entrega, dos técnicos o técnicas de la UAFA acudirán a la familia de acogida de urgencia o al CAU Hazaldi para recoger al niño o niña y proceder a su entrega posterior a la familia adoptiva. Se recogerá un pequeño informe con las rutinas de niño o niña (tipo de leche que toma, medicación, particularidades, etc.), se preguntará cuándo ha sido la última toma, y se recogerán la hoja de rutinas, el libro de fotografías, la cartilla de vacunaciones, y la cajita de “primeros recuerdos” entregada en el centro hospitalario, que se llevarán al domicilio de la familia guardadora.
• Se entregará a la familia guardadora resolución y certificado de guarda con finalidad adoptiva con copia para firmar el recibí. Se le informará de que con el certificado de guarda pueden hacer los trámites oportunos para empadronamiento, gestión de la Tarjeta Individual Sanitaria, solicitud de permiso por paternidad o maternidad en el INSS, u otros.