3.5. Derivación de casos y coordinación entre servicios sociales municipales, y entre servicios sociales municipales y el área del menor y familia

1.1. El principio de la continuidad de la atención

1.1. El principio de la continuidad de la atención 

La derivación de casos entre servicios no es un mero acto administrativo que se ejecuta de forma inmediata, sino que es un proceso con una fase inicial muy importante de coordinación, análisis conjunto y establecimiento de acuerdos entre los SSM y el AMF y de preparación de las familias. Esta primera fase requiere un tiempo y ha de ser planificada y llevada a cabo cuidadosamente. Solo de esa manera se podrá conseguir una derivación exitosa y posibilitar una intervención eficaz, dando cumplimiento al principio de continuidad de la atención recogido el art. 7.f) de la Ley 2/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.   
En las derivaciones entre SSM y entre SSM y AMF, salvo casos excepcionales en que resulte desaconsejado o no sea posible, el servicio derivante: (1) informará a la familia -preferentemente de forma personal, o alternativamente por escrito- de los motivos de la derivación, y (2) les acompañará en su primer contacto con el nuevo servicio.