1.2. Competencias del AMF - haurtzaroeskuliburua
Fases de la intervención del Área del Menor y Familia en situaciones de riesgo
1.2. Competencias del AMF
Los SSM constituyen la vía ordinaria y principal de recepción de comunicaciones de posibles situaciones de desprotección provenientes de personas particulares, profesionales o servicios. En el caso del AMF, le corresponderá la recepción de las comunicaciones y notificaciones de particulares, profesionales o servicios sobre:
- situaciones que parecen requerir una medida de protección de urgencia,
- comunicaciones realizadas directamente al AMF de fuentes diferentes a SSM sobre hechos de tal gravedad que hagan sospechar una situación de Riesgo grave o Desamparo (art. 172.2, LIA), y
- personas menores de edad migrantes no acompañadas, sospechas con indicadores altamente específicos de violencia sexual perpetrada, promovida o permitida por las personas progenitoras, tutoras o guardadoras del NNA, situaciones de riesgo prenatal en las que pudiera ser necesario abrir expediente de protección, y entregas voluntarias de recién nacidos en adopción (estas situaciones disponen de un protocolo de actuación específico), y
- comunicaciones escritas de Fiscalía y Juzgados.
Cuando las situaciones anteriormente señaladas sean recepcionadas en SSM, si fuera factible y a fin de agilizar la intervención, podrán indicar a la persona o servicio informante que se dirija directamente al AMF para la comunicación de la situación.