5.1. Derivación

El proceso de derivación a un recurso de acogimiento residencial se realizará conforme a los procedimientos que se establecen en este Manual para la toma de decisiones de medidas de protección. En todo caso, esta derivación deberá realizarse proporcionando al recurso receptor toda la información necesaria sobre la situación, desarrollo y necesidades del nuevo caso para poder preparar un adecuado recibimiento. 

La derivación se realizará mediante contactos o reuniones de coordinación entre los profesionales implicados, incluyendo a los propios NNA, así como sus familias siempre que sea posible. 

Para situaciones de urgencia, ingresos no urgentes por parte del AMF, y derivación entre recursos residenciales se procederá de acuerdo a los procedimientos establecidos al efecto.